Es la cobertura mínima exigida por ley para circular con un vehículo a motor. Con ella quedan cubiertos los daños a personas o materiales que se produzcan a un tercero, en un accidente, si el asegurado resulta civilmente responsable del mismo. Además, quedan cubiertos los gastos de defensa en la dirección jurídica que se produzcan frente a la reclamación del tercero perjudicado. Las condiciones y los límites de la responsabilidad civil obligatoria se establecen legalmente en cada momento.