- Traslado del vehículo, dentro del territorio nacional, hasta un taller cercano a tu domicilio en casos de avería, accidente, daños por robo e incendio cuando el vehículo no pueda ser reparado en el mismo día.
- Traslado del vehículo hasta el domicilio una vez haya sido reparado.
*Entrega en el taller de destino o en el domicilio del asegurado, si ya hubiera sido reparado, en un plazo máximo de 7 días naturales* contando como inicio el momento en el que el asegurado y el taller facilitan los datos necesarios. En este plazo no se computarán los días de tráfico restringido por la DGT para camiones grúa debido a operaciones salida, puente o inclemencias del tiempo.
Quedan excluidas todas las reparaciones que se puedan practicar en el día e inmovilizaciones por averías en los neumáticos, error o falta de combustible, cualquier operación de mantenimiento, revisiones, falta o desgaste de consumibles e inmovilizaciones legales por incumplimiento de la normativa de tráfico y/o Itv. Cuando el valor real del vehículo (valor real= valor venal – coste de reparación) sea inferior al coste del traslado este no se realizará, ocupándose la aseguradora de las gestiones legales para el abandono y asumiendo los costes de traslado al punto de desguace más cercano. Para vehículos de reciente adquisición con origen de venta entre particulares o profesionales de compraventa se establece un periodo de carencia de 15 días en caso de avería desde la fecha de efecto de la cobertura. Salvo que el vehículo necesitara previamente servicio de grúa por accidente o avería, la carencia aumentará a 30 días cuando comprador y vendedor sean de provincias diferentes (y la avería se produzca en la provincia del vendedor). Para más información sobre los límites y requisitos de los casos anteriores consulte las condiciones particulares y las condiciones generales.