- 30.000 € en caso de fallecimiento o invalidez total permanente.
- Hasta 15.000 € por invalidez parcial permanente.
- Doble capital por el fallecimiento en accidente de circulación del conductor asegurado que tuviera hijos menores de edad a su cargo y si como consecuencia del mismo falleciera también el otro progenitor. Dicha garantía multiplicará por dos la cantidad prevista para la cobertura de muerte.
También quedan cubiertos, hasta 5.000 €, los gastos de asistencia sanitaria en clínicas de libre elección.
- 50.000 € en caso de fallecimiento.
- 100.000 € en caso de invalidez total permanente.
- Hasta 50.000 € por invalidez parcial permanente.
- Doble capital por el fallecimiento en accidente de circulación del conductor asegurado que tuviera hijos menores de edad a su cargo y si como consecuencia del mismo falleciera también el otro progenitor. Dicha garantía multiplicará por dos la cantidad prevista para la cobertura de muerte.
- Cobertura nacional y en países de la carta verde.
- Renta diaria por hospitalización: pago de una indemnización diaria de 20€/día, máximo un año (franquicia de 7 días), en caso de accidente amparado por la garantía de accidentes del conductor y cuando la incapacidad temporal derivada de dicho accidente obligue al asegurado a su internamiento en un hospital.
También quedan cubiertos, hasta 5.000 €, los gastos de asistencia sanitaria en clínicas de libre elección.
Para más información sobre los límites y requisitos de los casos anteriores consulta las condiciones particulares y generales.